Guías / Fragancia en el jabón
¿Cómo se indica una fragancia en la etiqueta del jabón?
Publicado el 12 de octubre de 2026. Última comprobación de las reglas: 25 de septiembre de 2026. Un texto de referencia sobre etiquetado, no un dictamen jurídico.
Escriba «Parfum» en el lugar que le corresponde por peso y añada después cada alérgeno que deba indicarse y que el aceite aporte por encima del umbral, con el nombre que le da el anexo III. El artículo 19, apartado 1, letra g), del Reglamento sobre los productos cosméticos dispone: «Los compuestos perfumantes y aromáticos, así como sus materias primas, se mencionarán con los términos «parfum» o «aroma». Además, la presencia de sustancias cuya mención es obligatoria en la columna «Otras restricciones» del anexo III se indicará en la lista de ingredientes además de los términos «parfum» o «aroma»». La mezcla que contiene el aceite sigue siendo un secreto de fabricación; los alérgenos, no. Para una pastilla de jabón el umbral es el 0,01 % del producto acabado, y la lista que hay que consultar depende de dónde venda.
Primer paso: la palabra
Se llame como se llame el frasco, en la etiqueta es «Parfum» (o «Aroma»; «Parfum» es la elección habitual para el jabón). Es un ingrediente más entre los otros, colocado por orden decreciente de peso en el momento de su incorporación, teniendo en cuenta que los ingredientes por debajo del 1 % pueden mencionarse sin orden después de los que superan el 1 %. Una fragancia al 3 % de un lote va después de cada ingrediente por encima del 3 % y antes de cualquier ingrediente más ligero que todavía supere el 1 %; los colorantes pueden seguir a todos los demás sin orden. El artículo 19, apartado 6, exige los nombres comunes del glosario, y «Parfum» es la entrada 19071 del glosario de la UE (16644 en el más antiguo que Gran Bretaña sigue usando).
Segundo paso: los alérgenos
Su proveedor de fragancias facilita para el aceite una declaración de alérgenos: una ficha que indica qué sustancias de las que deben indicarse contiene y en qué porcentaje del aceite. Esa ficha es el punto de partida. Para cada sustancia, el porcentaje en su jabón es el porcentaje en el aceite multiplicado por la parte del aceite en el lote:
| Sustancia en el aceite | Parte en el aceite | Aceite al 3 % del lote | ¿Por encima del 0,01 %? |
|---|---|---|---|
| Linalool | 12 % | 0,36 % | sí, se indica |
| Limonene | 2 % | 0,06 % | sí, se indica |
| Geraniol | 0,2 % | 0,006 % | no, queda dentro de Parfum |
La etiqueta de ese lote termina con «…, Parfum, Linalool, Limonene». Las cifras son un ejemplo; el método es el del reglamento. Dos costumbres mantienen correctas las cifras: usar la ficha del proveedor para ese aceite y ese lote, porque el contenido de alérgenos varía de un proveedor a otro y de un lote a otro, y, si la misma sustancia llega de dos fuentes (un aceite de fragancia y un aceite esencial, por ejemplo), sumar las dos aportaciones antes de compararlas con el umbral.
El jabón hecho en frío necesita un paso más cuando una sustancia está cerca del límite. La pastilla que vende ha perdido agua durante el curado: pesa menos que el lote, y cada sustancia es una parte mayor de ella; una sustancia justo por debajo del 0,01 % del lote puede superarlo en la pastilla curada. Calcule su parte a partir del peso tras el curado. La herramienta para jabón lo hace cuando se añade a la receta el peso del lote tras el curado, y nombra cada sustancia lo bastante cerca del umbral como para superarlo.
Qué lista hay que consultar
- UE e Irlanda del Norte. El anexo III modificado por el Reglamento (UE) 2023/1545: más de 80 sustancias que deben indicarse, frente a los conocidos 26 (24 todavía en vigor en 2023). Las nuevas indicaciones son obligatorias para los productos introducidos en el mercado desde el 1 de agosto de 2026; los productos ya introducidos pueden comercializarse hasta el 31 de julio de 2028. Muchas fichas de proveedores y muchas herramientas gratuitas de etiquetas se quedan todavía en los antiguos 26: compruebe, por tanto, que la ficha que recibe cubre la lista actual.
- Gran Bretaña. El anexo III conservado no ha sido modificado por el Reglamento 2023/1545: la lista británica es, por tanto, la más antigua, de 25 entradas, con una sustancia propia, Hydroxyisohexyl 3-cyclohexene carboxaldehyde (HICC), cuya antigua fila Gran Bretaña nunca suprimió, aunque el anexo II británico, como el de la UE, prohíbe por completo el HICC en los productos cosméticos (entrada 1380); un aceite que lo contenga no puede entrar, por tanto, en ningún jabón vendido en ninguno de los dos mercados. Quien vende en ambos tiene que comprobar las dos listas. La comparación completa está en nuestra lista de alérgenos de fragancias.
- Estados Unidos. «Fragrance» (la palabra inglesa) y ninguna lista de alérgenos, según el 21 CFR 701.3(a); y un jabón propiamente dicho en el sentido del 21 CFR 701.20 no necesita ninguna lista de ingredientes.
La forma de los nombres
Las sustancias que deben indicarse figuran con el nombre del anexo III, que es el nombre del glosario: «Linalool», «Limonene», «Citral», no el número CAS ni la abreviatura del proveedor. Algunas entradas abarcan más de un nombre e indican cuál imprimir: la entrada del citral, por ejemplo, abarca los isómeros geranial y neral, y la etiqueta dice «Citral». Nuestra herramienta conoce esas correspondencias, de modo que una ficha del proveedor escrita con los nombres de los isómeros da igualmente el nombre de la etiqueta.
Preguntas relacionadas
La ficha de mi proveedor cita alérgenos que no encuentro en la lista de la UE. ¿Hay que indicarlos?
Solo las sustancias de la lista del anexo III llevan la condición de indicación: un alérgeno que no figura en la lista de su región queda, por tanto, dentro de la palabra Parfum. Nuestra herramienta compara cada nombre que introduce con la lista tomada del texto para la región elegida, y le dice cuáles deben indicarse, cuáles deben indicarse en otro territorio y cuáles no reconoce.
¿Un aceite esencial cuenta como fragancia?
Según el artículo 19, apartado 1, letra g), los compuestos perfumantes y aromáticos, así como sus materias primas, se mencionan con los términos parfum o aroma, y las sustancias que contienen y cuya mención es obligatoria figuran además en la lista. Un aceite esencial añadido por su aroma es una de esas materias primas: nuestra herramienta lo indica, por tanto, como Parfum con sus alérgenos que deben indicarse, y guarda el nombre del aceite en el glosario en una nota para su documentación. Desde el Reglamento (UE) 2023/1545, algunos aceites esenciales son ellos mismos sustancias que deben indicarse: para el aceite esencial de lavanda, de naranja dulce, de menta piperita y de lemongrass, la herramienta indica también el aceite, en la UE y en Irlanda del Norte, con su nombre del anexo III (la lavanda es «Lavandula Oil/Extract») una vez superado el umbral. Para otro aceite de la lista, añada su nombre del anexo III a las cifras de alérgenos, al 100 %. Quienes indican además el nombre botánico del aceite añaden información; no sustituyen el término.
¿Cuál es el umbral para el jabón, producto que se aclara, y por qué es diez veces más alto que el de una loción?
Las entradas del anexo III fijan la condición de indicación en una concentración superior al 0,001 % en los productos que no se aclaran y al 0,01 % en los productos que se aclaran. El jabón se aclara, así que se aplica el umbral del 0,01 %; una loción queda sobre la piel, así que a ella se le aplica el umbral más estricto del 0,001 %.
¿Qué se escribe en los Estados Unidos?
Si el producto es un cosmético, el 21 CFR 701.3(a) permite indicar la fragancia con la palabra inglesa «fragrance», y no se añade ninguna lista de alérgenos individuales; el procedimiento de la FDA sobre los alérgenos de fragancias previsto por la MoCRA no había dado lugar a ninguna norma en nuestra última comprobación. Si la pastilla entra en la definición de jabón que da la FDA en el 21 CFR 701.20 y se vende solo como jabón, no se exige ninguna lista de ingredientes.
Fuentes
- Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre los productos cosméticos, versión consolidada de 18.5.2026, CELEX 02009R1223, versiones española e inglesa: artículo 14, apartado 1, letra a), artículo 19, apartado 1, letra g), y artículo 19, apartado 6; anexo II, número de referencia 1380 (HICC, prohibido); anexo III, las entradas que llevan la condición de indicación en la columna «Otras restricciones»
- Reglamento (UE) 2023/1545 de la Comisión (CELEX 32023R1545), versiones española e inglesa, cuyo considerando 5 cuenta los 24 alérgenos que se etiquetaban de manera individual antes de él, que sustituyó y amplió las entradas de los alérgenos de fragancias del anexo III y fijó la transición: los productos introducidos en el mercado desde el 1 de agosto de 2026 deben llevar las nuevas indicaciones, y los ya introducidos pueden comercializarse hasta el 31 de julio de 2028; y Reglamento (UE) 2026/909 de la Comisión, comprobado el 21 de agosto de 2026 (versión inglesa), que dejó sin cambios la lista de sustancias que deben indicarse
- Reglamento (CE) n.º 1223/2009 en la versión aplicable en Gran Bretaña (Derecho asimilado), anexo III (las 25 entradas que llevan la condición de indicación) y anexo II (entrada 1380, HICC, prohibido), legislation.gov.uk, texto vigente a 15 de agosto de 2026
- Decisión de Ejecución (UE) 2025/1175 de la Comisión, el glosario de nombres comunes de ingredientes (aplicable desde el 30 de julio de 2026), versión inglesa: entrada 19071 (Parfum)
- Decisión (UE) 2019/701 de la Comisión, el glosario de nombres comunes de ingredientes en la versión aplicable en Gran Bretaña (Derecho asimilado), legislation.gov.uk: entrada 16644 (Parfum)
- 21 CFR 701.3(a) (indicación de los ingredientes; «fragrance») y 21 CFR 701.20 (definición del jabón), eCFR, título 21 vigente a 30 de junio de 2026; FDA, etiquetado de los alérgenos de fragancias previsto por la MoCRA, ninguna norma definitiva a 10 de agosto de 2026
Los documentos en los que se basa esta respuesta. Un texto de referencia sobre etiquetado, no un dictamen jurídico; usted sigue siendo responsable del etiquetado de su producto.